viernes, 26 de febrero de 2016

LA VERDAD SE ABRE CAMINO.


                              
A propósito de la noticia publicada en La Opinión de hoy, 26    de febrero, considero necesario realizar las siguientes  aclaraciones.

Copio los titulares, el de letra grande y el de pequeña:

1º.-“El juez determina que Agapito Modroño no debe retirar la tubería de riego”.

2º.- “El Ayuntamiento de Villalpando se lo podría exigir de nuevo siguiendo las vías legales”. (Esto no es verdad. Lo aclararé)

El primer titular es contundente. Del  segundo titular se deduce que el Ayuntamiento de Villalpando no siguió las vías legales.

Lo mejor es transcribir el fallo tal cual:

FALLO

Que debo estimar y estimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por DON
AGAPITO MODROÑO ALONSO, frente a acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villalpando, de fecha 20/05/2015 que acuerda desestimar el recurso de reposición frente a acuerdo de la junta de gobierno local del mismo Ayuntamiento del día 23/03/2015 , cuya nulidad se declara, así como la del acuerdo que confirma ,acordándose igualmente la retroacción del trámite administrativo al momento inmediatamente posterior a la presentación de esa solicitud, a fin de que por el Ayuntamiento se solicite al recurrente la aclaración /aclaraciones procedentes y a partir de las mismas tramitar y resolver esa solicitud de los términos y con sujeción al procedimiento que legalmente proceda, incluido el trámite de comprobación y de audiencia.

Sin hacer imposición de costas.

Líbrese testimonio de esta sentencia para su unión a los autos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme, contra la que no cabe interponer recurso alguno ,y una vez verificado devuélvase el expediente administrativo con testimonio de la misma para su conocimiento y ejecución.
Así por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

            Hagamos un poco de historia:

a).- Septiembre de 2014. Intento oral de permuta de la masa común, enclavada en el medio de lo nuestro, por otro cacho nuestro de mayor superficie, o al menos que el arrendatario sembrara el cacho de nuestra propiedad y nos dejara ese del estorbo. Busqué hasta mediadores para evitar el conflicto que veía venir. No fue posible.

b).- Como se habían movido las linderas de la masa común, invadiendo nuestra parcela en una lindera, y cerrando al paso de una de las tuberías soterradas para riego automático que íbamos a instalar, les pido de palabra al alcalde y al teniente, que midamos la masa común y pongamos la linderas en su sitio. Que hoy que mañana, nada.

c).- Me encuentro con el anterior teniente alcalde un día en Agrinza:

            -Antonio: ¿cuándo arreglamos lo de la masa común? .
            Ese es un problema que tú tienes con Dani ( el arrendatario,  ya no lo es) que es con quien lo tienes que solucionar.

            Mi relación con Antonio y con Félix era tan cordial que me sorprendió esa respuesta. Me callé lo que pensé: -Lo tendré que arreglar con el ayuntamiento que es el propietario. Han insistido mucho en que me he cabreado porque el ayuntamiento no me solucionó un problema que yo tenía con un vecino.

b).-  Al día siguiente, 24 de noviembre de 2.014, presento escrito en el ayuntamiento, pidiendo se delimite esa parcelilla, la famosa 1.077, para restituirnos el trozo invadido, por el que había de pasar una tubería. Enumero las parcelas que vamos a regar, dando noticia de la correspondiente instalación de tubería soterrada. Les digo  que si ellos no la miden, lo haré yo, entendiendo dan por buena la medición por mi efectuada.

c).- Se pasó un mes sin tener respuesta. Creo fue el día 24 de diciembre, vino Félix a casa a invitarnos a la boda de su hija Cristina:

     -Que vamos a empezar la obra y no habéis contestado al escrito.
    -Meted la tubería  que si no te hemos contestado es que, por silencio administrativo,  estamos de acuerdo.

d).- Así, a la buena de Dios, al siguiente no festivo, comenzó la obra. Habíamos conseguido un buen precio, pedido presupuesto a otras dos empresas, porque en aquellos días de invierno, pasado un otoño lluvioso, sólo en esas tierras tan arenosas se podía trabajar, de ahí la urgencia.

e).- El día después de Reyes de 2.015 se presenta la Guardia Civil en mi casa para que pasara por el cuartel, pues habían puesto una denuncia. Me presento al   siguiente, día 8. El arrendatario de la masa común, ya citado, había denunciado porque una máquina al abrir zanja, había pisado su sembrado y roto ramas de almendro, las que sobresalían en nuestra parcela, que cree ha sido la empresa que ha instalado la tubería en la finca de Agapito Modroño.

            Me piden el nombre de la empresa, de los operarios, el DNI que, como no sé, va allí la guardia civil, estaban terminando, asusta a los hombres. Les tranquilizo. Yo me hago responsable de todo el “daño” denunciado. Ninguno. La zanja y lo pisado iba por nuestra propiedad. Presento planos en el cuartel, que acompañan a denuncia para mandar al Juzgado.

d).-  Como odio los litigios judiciales voy al Ayuntamiento para hablar con Félix. Decirle que si había algún daño que lo tasaran, lo pagaba, y se acabó. No estaba. Me marché a la finca. Vi no había daño alguno. Vine a comer con los hombres al Toreo, y me olvidé del tema.

e).- Estando en el Toreo me llama Félix. ¡Pa qué iría! Me saca a Antonio quien conocía los términos de la denuncia, le daba razón al amigo denunciante; que “ yo había hecho lo que me había dado la gana e iban a emprender acciones legales”.

            Pueden creer que, contra mi temperamento, aguanté mucho. Dada su actuación la bronca fue inevitable. Les juro que por mi parte no hubo ni una amenaza ni un insulto.  Lo que le dije fue textual: “ Conmigo Antoñito cruz y raya, se acabó la amistad”.

            Y empezó la conocida guerra, que omito.

f).- El bombazo más gordo. Ahí van los fragmentos más importantes:

            “He de poner en su conocimiento que la Junta Local de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 1015, ha adoptado el siguiente acuerdo.

            Así está encabezado el escrito que me mandan. En uno de los considerandos afirman que “la tubería se ha instalado en el límite de ambas fincas (la del ayuntamiento y la mía), y en algunos tramos dentro de los límites de la parcela 1.077 de propiedad municipal, lo que es mentira como se demostró con la delimitación oficial.

            La resolución del Ayuntamiento:

            La Junta Local, por unanimidad de sus miembros presentes, ACUERDA:
            Requerir al interesado para que proceda a la reposición de la cuneta a su estado originario, y a la retirada de la tubería soterrada de riego de la zona de protección del camino, que, en todo caso deberá instalarse a una distancia mínima de tres metros del límite exterior del camino y a la misma distancia del linder de la Parcela de su propiedad (Parcela 1076 del Polígono 1) y de la finca de propiedad municipal (Parcela 1077 del Polígono 1).

g).- Contra esa resolución presentamos recurso que, con fecha  20/ 5 / 2.015, cuatro días antes de las elecciones, fue denegado.

h).- Contra esa resolución (injusta legalmente, que no buscaba el bien común, sino que formaba parte de la persecución al vecino molesto) hubimos de presentar recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en Zamora, cuyo fallo, que nos da la razón, transcribimos.

i).- Transcribimos el lenguaje judicial:

    1º.- ANULA LA RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO que ordenaba trasladar la tubería.

    2º.- LA RETROACCIÓN DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO: Pues que el Ayuntamiento conteste a mi escrito de fecha 24 de noviembre, pidiéndome solicite la licencia de una forma más clara, con sujeción al procedimiento que legalmente proceda. Supongo me pedirán plano, lo que sea, que presentaré. Como es una obra legal no podrán denegar la licencia, al igual que las concedidas para los kilómetros, más de uno en total, de todas las tuberías  que llevan el agua a las naves ganaderas fuera del casco urbano, por las cuentas de los caminos.

j).- O sea: la sentencia dice NO al alzamiento y traslado de la tubería en el presente, y NO en el futuro en cuanto que obliga al Ayuntamiento a la “sujeción al procedimiento legal”. No hay ley que impida vayan tuberías a menos de tres metros de linderas ni de caminos. Y está contemplado el discurrir de éstas por cunetas, dejándolas tal cual, como es el caso.

j).- Por último tengo la seguridad de que la actual Junta Local de Gobierno actúe con criterios legales, de justicia, y no motivada por la animosidad.






4 comentarios:

Administrador dijo...


Me están llegando apoyos, de gente de fuera, a través del correo electrónico, del teléfono. Los más frecuentes son de palabra, por el pueblo, en los bares y por la calle. Se alegran de que la justicia haya dado la razón a quien la tiene: la evidencia de que el tal acuerdo de levantar y trasladar las tuberías no obedecía a lo legal ni al bien común, sino a venganza, lo que es grave: utilizar el cargo público y el dinero de todos para perseguir al justo.

¿No debería alguien asumir responsabilidades por esa actitud, por ese aviso dado por la justicia?

Anónimo dijo...

Enhorabuena. Me satisface que la lucha obtenga recompensa.

Pablopau dijo...

Pues si, si alguno usa su cargo publico para servir a sus propositos personales el tema no deberia terrminar en este punto

Administrador dijo...

Cuando alguien utiliza el cargo público para satisfacer sus intereses personales eso es CORRUPCIÓN. En este caso se trató primero de cohartar mi libertad de expresión, crítica contra las corruptelas. Actitud propia de los totalitarismos, empleando todos los medios en una ofensiva desigual: denuncia del amigo, anónimos de lo más soeces, viscerales, llenos de odio; denuncias de concejales, reprobación, insultos en La Opinión, insultos y amenazas personales, y esa resolución con la que intentaban causarnos un perjuicio de 24.000 euros, anulada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, al igual que anteriores denuncias por el Tribunal ordinario.

Han utilizado no sólo el cargo público, sino también los dineros públicos en mi persecución. Eso es CORRUPCIÓN que deberían saber los del PP ahora que quieren regenerarse. ¿...?