miércoles, 8 de septiembre de 2021

TRANSPARENCIA, AUNQUE NO GUSTE.

 El escrito que copio a continuación ha sido remitido ayer por correo a la institución del encabezamiento.


        AL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN INMACULADA CONCEPCIÓN DE VILLALPANDO.

Quien suscribe, AGAPITO MODROÑO ALONSO, natural y vecino de Villalpando, Calle Silera, 3, DNI 11.679.980 M, ante ese Patronato expone los siguientes

                                         H  E  C  H  O  S.

Primero.- Que por escritura de constitución, otorgada ante el Notario don Francisco-Javier Oñate Cuadros el día 28 de noviembre de 1994, fue instituida la “FUNDACIÓN INMACULADA CONCEPCIÓN de Villalpando, cuya finalidad, según el Art. 6º de sus Estatutos, tiene por objeto la prestación de ayuda, protección y asistencia a todo tipo de personas de la tercera edad” .

Segundo.-  En dichos Estatutos se establece que el gobierno de la Fundación corresponde a un Patronato, que estará constituido, según su Art. 10 de la siguiente forma:

a).- El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villalpando como Presidente Honorario.

b).- La Superiora de las Hijas de la Caridad que asumirá la función de Secretario.

c).- Un concejal del grupo mayoritario del Ayuntamiento de Villalpando.

d).- Un concejal del grupo minoritario de referido Ayuntamiento.

e).- El cura Párroco de Villalpando.

f).- Un médico de Villalpando.

g).- Un vecino de Villalpando.

h).- El Director Gerente de la Residencia.

i).- Un Abogado residente en Villalpando, como asesor jurídico.

j).- Y, como auxiliar del Secretario, doña Magdalena Martínez López.

Aquel primer Patronato en los puestos directivos quedó así constituido: Dª Carmen Allende Gil, Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento, como Presidenta Honoraria y como Directora Gerente de la Residencia; abnegado y altruista trabajo, por el que, aunque percibía sueldo, 909.976 pts. del año 1997, lo devolvía, según las Patronos, y estaba dada de alta en el Régimen General en la Seguridad Social como trabajadora de la Empresa "Fundación Inmaculada Concepción" desde el 1º de enero de 1997, con una base de cotización de 116.010 pts., en dicho 97, y 118.440 en 1998. 

 Sor Fe Baonza Baonza, superiora de las Hijas de la Caridad como Secretaria. Los demás patronos fueron las personas titulares, en aquel momento, omito sus hombres, de los cargos enumerados anteriormente, salvo el concejal del grupo minoritario que renunció al cargo.

Cito, únicamente quién fue el “vecino de Villalpando”, a quien se le denominó como hombre bueno, y lo era en efecto, Pablo Alonso Alonso.

Tercero.- Que, si bien en el actual Patronato no queda persona alguna de las que constituyeron el primero, en el caso de Magdalena Martínez y del Abogado, por renuncia, la actual composición no encaja con lo acordado en los Estatutos primigenios.

Cuarto.- El Art. 30.- CONFECCIÓN DE PRESUPUESTOS, RENDICIÓN DE CUENTAS Y MEMORIA SOCIAL DE LA ACTIVIDAD, entre otras obligaciones impone a los Patronos, copio textual: “Las cuentas y la memoria se remitirán al Protectorado (ahora Registro de Fundaciones) para su aprobación, dentro de los seis primeros meses del año siguiente”. Esta obligación viene siendo incumplida en los últimos años. Así las cuentas de 2.019 han sido presentadas en el pasado agosto de 2.021, con más de un año de retraso; las del 2.020, que debieron presentarse antes del 30 de junio pasado, aún no han sido presentadas.

Apelando como FUNDAMENTOS DE DERECHO a la Ley 19/2.013, de 9 de diciembre, de TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO, que obliga a prestar información a cualquier ciudadano, cuando le sea solicitada, según el Art. 2 d), a las “Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas” como hace al caso, y más taxativamente el punto h) de la misma disposición (“Las Fundaciones del sector público previstas en la legislación en materia de Fundaciones”), apelando, insisto, a la base legal citada

SOLICITO DE ESE PATRONATO:

1º.- Ser informado de si ha existido una reforma de los Estatutos en virtud de la cual la composición del actual Patronato no se ajusta a lo establecido en el primigenio; obviando, como es natural, la imposibilidad de la Secretaría en la Superiora de la Comunidad, ya ausente.

2º.- Igualmente, se me informe, en virtud de qué legalidad han sido nombrados dos vecinos del pueblo en lugar de uno.

3º.- Se me remita copia de las cuentas de 2.018, 2.019 y 2.020; así como del momento contable de la Fundación en la actualidad.

4º.- Me digan la causa del retraso producido en la RENDICIÓN de cuentas preceptivas, en la actualidad al Registro de Fundaciones, dependiente de la Consejería de Presidencia.

 

Lo que pido en Villalpando a siete de septiembre de dos mil veintiuno.

 

 

 

Firmado.- Agapito Modroño Alonso.

 

 


4 comentarios:

Unknown dijo...

Y se haga público a los familiares de los residentes

Unknown dijo...

Ma Luisa y se haga saber familiares de residentes

Administrador dijo...


Me temo que el Patronato, al igual que están haciendo en el Ayuntamiento, incumpla la Ley de Transparencia y no aceda a lo pedido.
Pero.., en este caso no es igual. Por encima del Patronato está el Registro de Fundaciones a quien también he hecho la misma petición. Con el Jefe de este Registro tengo relación desde hace más de veinte años. El lunes conversamos durante más de media hora. Como es serio lo que ocurre, no quiero publicar datos de los que no tenga constancia escrita.
Sí quiero advertir a los Patronos, quienes si firman algo no saben lo que firman, la recomendación que este señor Jefe del Registro, le ha dado a uno de ellos: "que han de tomar medidas para reconducir la situación (y¡veremos las cuentas del "veinte!), que han de corregir el rumbo de una nave carente de timonel".

Administrador dijo...


Por supuesto, Mª Luisa, que la información que me llegue, no sólo se la daré a familiares de Residentes, sino a todos los que acedan a este blog.