miércoles, 1 de marzo de 2017

AVISO


     Si a alguno de mis lectores le llega una sanción porque su nave agrícola carezca de Licencia Medio Ambiental, o del papel de  "Comunicación de inicio de la actividad", les recomiendo, si está construida después del 2.003,  se lean  la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, 11/2003 de 8 de abril. Verán En el Art. 24.1, y el 25,, cuáles son las actividades e instalaciones sometidas a la obligación de poseer "Licencia Ambiental".  Les aseguro que ahí NO están incluidas las NAVES AGRÍCOLAS, puesto que NO CONTAMINAN EL MEDIO AMBIENTE, ni a nadie molestan.

     Tampoco se preocupen si les denuncian por no haber presentado el papel de "Comunicación de Inicio".  En los Arts. 33 y 34 de la Ley 11/2003, y el 42 de la 1/2015, queda  muy claro que ese papel no  es obligatorio para las naves agrícolas. Si no están afectadas por esa Ley, al igual que no es obligatoria la Licencia Ambiental, tampoco lo es la Comunicación de Inicio de una instalación sometida a la tal.

    Y, ya de paso, les advierto a los responsables municipales de emitir y firmar informes, cuando, por consecuencia de denuncia, se lo piden del Servicio Territorial de Medio Ambiente, u otro organismo,  que se lean la ley, que se enteren de que para una nave construida con Licencia de Obra de ese Ayuntamiento de fecha 20 de abril de 2004, y con toda la legalidad del mundo  (pues no hubo qué vencer obstáculos), cumpliendo todas las leyes, entre ellas la citada de Prevención Ambiental,  no era preceptiva , ni lo es en creo en la actualidad, la dicha Licencia Medioambiental.

    Por tanto la respuesta del ayuntamiento en lugar de decir que "no cuenta con ningún tipo de licencia medioambiental", debió haber sido que dicha nave fue construida totalmente de acuerdo con la legalidad.

    Y, aún suponiendo, que en el 2.004 faltara algún papel a buena hora  Carmen, quien al lado de éstos, el listo y el tonto, era Sor Teresa de Calcuta; "otro vendrá...", nos lo hubiera consentido, lean el art. 83 de la tan referida  Ley 1/2015.

    Bien empollada la Ley me he enterado que la "Actividad Ganadera Doméstica para consumo propio", dependiendo de qué número de cabezas y especie, también requiere Licencia Ambiental o Medio, y el papel de Inicio de la Actividad.

    Estoy un poco acojonadillo: resulta que en el corral tenemos siete gallinas ponedoras de huevos sin galladura, las pobres; conejos padre y madre, él muy "cogedor", como el de mi amigo Domingo, que le llevaban las conejas de la vecindad a que "las cogiera", y ella, que pare como las idem, y cumplen el mandato bíblico de "creced y multiplicaos", más dos camadas de ocho en total; un "quico" enchulao, y su quica a quien, por celos, le pican las otras gallinas; encima se ha quedado clueca, y como se ha enterado de lo de la gestación subrrogada, se ha puesto a incubar los huevos de las otras gallinas; Fores, más algunos gatos que nos podrían adjudicar, y resulta que leyendo el Anexo III del Art. 42, si entre todos suman lo que una vaca, en cuanto a ventosidades contaminantes, ya hay que sacar papeles...

     Si por si acaso lo lee algún enteradillo me gustaría saber si estoy o no legal. Podría acercarse por Los Corralones para ver si también el gallinero, conejera, cama de Fores, agua, limpieza, comida, y demás circunstancias de habitabilidad, cumple con los "estándares" de la Ley de Protección Animal.

   Si es algún burócrata "mandao" del Ayuntamiento, mejor no, pues o saben poco de leyes, o lo que es peor, las interpretan a su modo, siempre intentando  "hacerme un favor". Todavía, con perdón a las feministas, si fuera mujer...

2 comentarios:

Anónimo dijo...


Chapo Agapito, eres grande. Otro intento mas de intento de atropello desde el poder tomado con sentido del humor, ya ni te cabreas ante tanto intento de putada. Te animo poreque se que la gente aunque no se atreva a dar la cara esta contigo.

Administrador dijo...


No conozco otro caso igual de persecución a un ciudadano, a quien le deben el cargo, y su familia desde una institución. Además contraviniendo las leyes, como en el caso de la denuncia a la nave de mi hijo. Y, además, sin caéserles la cara de vergüenza.

Las verdades de este blog, que no son rebatidas, les afectan mucho. De ahí la reacción de hace dos años, cuando estaba el "ex", todavía, con todo el poder (desaprobación, insultos en La Opinión y el resto de la persecución ya de sobra conocida). Aquello del principio, al lado de todo lo demás que estoy contando era una broma.

Ahora están noqueados, han perdido la capacidad de reacción. La salida en Facebook del "ex" fue un inútil y absurdo intento a la desesperada. Falta el tercer capítulo de "la historia". Me gustaría hubiera algún tipo de reacción para no publicarlo, y para que la cosa parara aquí.

Me están obligando a intervenir para defender a mi familia. Yo estaba quieto cuando han empezado los ataques de nuevo. Lo de "Feisbuk" ya nada, pero la denuncia por lo de la nave, amparada por el Ayuntamiento, es más grave. No por la cuantía, pequeña y que no vamos a pagar, en Medio Ambiente no les va a quedar más remedio que atender al recurso, (he hablado con la Abogada) pues la infracción se apoya en una inexactitud en el informe del ayuntamiento, sino por el indignante hecho de que el individuo denunciante tenga acceso libre al fisgoneo y que siga encontrando colaboración en el uso torticero de las leyes.

Objetivamente estas actuaciones son de tal gravedad que no se pueden consentir. Lo triste es que todios se esconda, sin darse cuenta que esto le puede tocar a cualquier otro, y que un pueblo no puede estar gobernado de esta manera.